Modelo 130 · Trimestral

Fichero BOE para importar en la sede

El Modelo 130 calcula el pago fraccionado de IRPF de autónomos en estimación directa. Cofactu prepara el expediente y el fichero BOE que se importa en la sede electrónica de la AEAT.

Resultado previsto: fichero BOE para importación manual en sede · Ejemplo ilustrativo de interfaz

Isotipo de Cofactu Expediente fiscal Ejemplo ilustrativo
Modelo130
Acumulado1 ene · 30 jun
En revisión
Ingresos38.500 €casilla 01
Gastos deducibles12.400 €casilla 02
Rendimiento neto26.100 €casilla 03
20% · pagos previos · retencionesResultado demostrativo 1.410 €
PeriodicidadTrimestral
PlazoQ1: 1-20 abril · Q2: 1-20 julio · Q3: 1-20 octubre · Q4: 1-30 enero del año siguiente
Canal AEATFichero BOE · importación manual

01 · Comprobar el supuesto

No todo autónomo presenta el 130. Empieza por tu régimen.

El pago fraccionado depende de la estimación directa, de tus retenciones y de las exclusiones aplicables.

RégimenEstimación directa
Ruta habitualModelo 130
ResultadoPago fraccionado
Más del 70% con retenciónPuede excluir la obligaciónEstimación objetivaCorresponde al Modelo 131
Ver todos los supuestos y excepciones
  • Autónomos en estimación directa (normal o simplificada)
  • Profesionales con actividades agrícolas, ganaderas o pesqueras (con casillas específicas)
  • Excluidos: autónomos con >70% de facturación a empresas que ya retienen (ya que la retención hace el pago a cuenta)
  • Excluidos: actividades en módulos (estimación objetiva) — usan Modelo 131

02 · Fuente → casilla → resultado

El borrador no suma a ciegas. Conserva la procedencia.

El 130 usa importes acumulados desde enero: la base no empieza de cero en cada trimestre.

ENEROABRILJUNIO · 2TRESULTADO
Facturas emitidas+ 38.500 €Casilla 01 · ingresos acumulados
Gastos deducibles− 12.400 €Casilla 02 · gastos acumulados
Rendimiento neto26.100 €casilla 03
Pagos previos y retenciones− 3.810 €casillas 04 · 07
Resultado demostrativo1.410 €Pago fraccionado a revisar
Ver la explicación completa de cada casilla
01

Ingresos computables del periodo (acumulado)

Suma de ingresos sujetos al pago fraccionado desde 1 enero hasta el final del trimestre. Cofactu lo agrega desde tus facturas emitidas.

02

Gastos deducibles del periodo (acumulado)

Suma de gastos deducibles desde 1 enero hasta el final del trimestre. Se agrega desde tus gastos en Cofactu.

03

Rendimiento neto (01 - 02)

Beneficio acumulado del año hasta el trimestre. Base sobre la que se calcula el pago fraccionado.

04

Pago fraccionado anterior

Suma de los pagos fraccionados ya ingresados en trimestres anteriores del mismo año (Q1, Q1+Q2, Q1+Q2+Q3 según corresponda).

05

Deducción 100€/mes (gastos fijos)

Si te aplica la deducción reducida (rendimiento bajo), restas 100€ por mes del trimestre. Cofactu la aplica si tu rendimiento neto está por debajo del umbral.

07

Retenciones soportadas en el periodo

Retenciones IRPF que tus clientes te han practicado en facturas emitidas. Cofactu las agrega desde tus facturas con campo retención.

08

Cuota a ingresar / a deducir

Resultado final: 20% del rendimiento neto menos pagos previos menos deducción menos retenciones. Si negativo, queda compensable trimestre siguiente.

03 · Alcance del MVP local

El expediente tiene estados. No todo está disponible aún.

El trabajo está implementado localmente y necesita despliegue y validación antes de cualquier disponibilidad pública.

LocalExpediente

Datos por origen y cálculo en revisión.

AhoraValidación

Despliegue y contraste antes de anunciarlo.

DespuésFichero BOE

Importación manual en la sede, cuando esté disponible.

Consultar alcance y límites detallados

Alcance previsto

  • Estimación directa normal y simplificada
  • Cálculo automático del 20% del rendimiento neto
  • Acumulado año (resta automática de pagos fraccionados anteriores del año)
  • Retenciones soportadas (casilla 07) desde facturas emitidas con retención
  • Deducción 100€/mes para rendimientos bajos (casilla 05)

Límites actuales

  • Actividades agrícolas, ganaderas o pesqueras con régimen específico (cobertura básica)
  • Estimación objetiva / módulos (esto va con Modelo 131, no 130)

04 · Revisión antes de generar

Un error fiscal necesita campo, causa y siguiente paso.

La representación muestra el tipo de comprobación que importa antes de generar un fichero para importar en la sede.

REVISIÓN DEL EXPEDIENTEEjemplo
04 · Pagos previos1.800 €Acumulado de trimestres anteriores
Comprobación

La cifra debe cuadrar con los pagos fraccionados ya ingresados en el mismo año.

Origen: expedientes anteriores
Ver todas las validaciones y errores frecuentes
  • 1xxx — Certificado caducado o sin permisos AEAT para presentar 130
  • 4001 — NIF declarante no censado para esta actividad
  • 4002 — Cuadre incorrecto (ej. casilla 04 no coincide con la suma de los 130 anteriores del año)
  • 5xxx — Formato fichero BOE incorrecto
  • Inconsistencia con 303 — los ingresos del 130 deben cuadrar con los del libro registro de facturas emitidas (mismo periodo)

05 · Preguntas frecuentes

Las dudas que quedan antes del siguiente trimestre.

¿El Modelo 130 se presenta directamente desde Cofactu?

No como promesa pública. La AEAT no ofrece una API/SOAP pública para esta autoliquidación: el recorrido previsto genera un fichero BOE para que lo importes y presentes en la sede electrónica.

¿Quién suele presentar el 130?

Los autónomos en estimación directa, normal o simplificada, salvo las exclusiones aplicables. Las actividades en módulos siguen el Modelo 131.

¿Por qué el cálculo es acumulado?

El pago fraccionado toma los ingresos y gastos desde el inicio del año, y descuenta pagos previos y retenciones soportadas según corresponda al trimestre.

Expediente fiscal, no otra hoja de cálculo

Conoce el recorrido del Modelo 130 antes de preparar el siguiente trimestre.

El flujo de fichero BOE está implementado localmente y pendiente de despliegue y validación antes de una disponibilidad pública.

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