Los plazos definitivos los fijó el RD 254/2025: fabricantes de software desde julio 2025, sociedades desde enero 2027, autónomos desde julio 2027. Aquí tienes cada hito, con el plazo original que fue ampliado.
Conforme desde mayo 2026 · 1ª factura aceptada por la AEAT
Respuesta directa
Los plazos definitivos de VeriFactu, según el RD 254/2025, son: fabricantes y comercializadores de software desde el 29 de julio de 2025; contribuyentes del Impuesto sobre Sociedades desde el 1 de enero de 2027; autónomos (IRPF) y demás obligados desde el 1 de julio de 2027.
Los plazos originales del RD 1007/2023 (julio 2025 para IS y enero 2026 para el resto) fueron ampliados por el RD 254/2025. Si tu asesor o proveedor de software menciona las fechas originales, están desfasados.
Cada obligado tiene su fecha. La columna tachada es el plazo original del RD 1007/2023 que el RD 254/2025 amplió.
| Colectivo | Plazo definitivo | Plazo original | Fuente |
|---|---|---|---|
| Fabricantes, desarrolladores y comercializadores de software | 29 julio 2025 | Julio 2025 | RD 254/2025 |
| Contribuyentes del Impuesto sobre Sociedades (SL, SA, etc.) | 1 enero 2027 | 1 julio 2025 | RD 254/2025 |
| Autónomos y demás obligados (IRPF y otros) | 1 julio 2027 | 1 enero 2026 | RD 254/2025 |
| SII / territorios forales (País Vasco, Navarra) | No aplica VeriFactu | — | RD 1007/2023 art. 2 |
Desde el 29 de julio de 2025, los fabricantes, desarrolladores y comercializadores de software de facturación deben ofrecer únicamente productos que cumplan el RD 1007/2023 y la Orden HAC/1177/2024. Si tu software no tiene este sello, tu proveedor ya está en infracción.
Desde el 1 de enero de 2027, las SL, SA y demás contribuyentes del Impuesto sobre Sociedades deben facturar exclusivamente con software conforme VeriFactu. Usar software no conforme expone a la multa de 50.000 € por ejercicio del art. 201 bis LGT.
Desde el 1 de julio de 2027, autónomos, comunidades de bienes y demás obligados tributarios en IRPF deben usar software conforme VeriFactu. Es el plazo final universal para el territorio común — quedan fuera SII y forales.
Cambiar de software de facturación no es instantáneo: migración de datos, formación y, si eres gestoría, coordinación con tus clientes. Lo habitual es tardar entre 1 y 3 meses en la transición.
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