Software VeriFactu · Guía 2027

Cumple con VeriFactu sin sustos

Registros firmados, encadenados y verificables en cada factura. Esta guía cubre la normativa del RD 1007/2023, los plazos definitivos del RD 254/2025 y cómo cumplir sin complicarte — antes de que las sanciones de 50.000 € sean un riesgo real.

Sociedades 1 ene 2027 Autónomos 1 jul 2027
Factura aceptada por AEAT Hash SHA-256 + firma .p12 QR de verificación Datos en la UE
50.000 €

sanción fija por ejercicio por usar software no conforme (art. 201 bis LGT)

2027

obligatorio: 1 de enero para sociedades, 1 de julio para autónomos (RD 254/2025)

may-2026

primera factura de Cofactu aceptada en el entorno de pruebas oficial de la AEAT

Requisitos técnicos

Qué debe hacer tu software para ser conforme

Exigidos por el RD 1007/2023 y la Orden HAC/1177/2024. Un software conforme cumple todos, no algunos.

Cadena de registros íntegra
F-2026-0141 e8b2…1c07
F-2026-0142 7b1e…d4a0
F-2026-0143 c4a0…9f33
Requisito clave

Hash SHA-256 encadenado + firma

Cada registro de facturación incluye la huella digital de la factura anterior en su serie y va firmado con tu certificado digital (.p12). Modificar cualquier registro rompe la cadena — detectable por la AEAT en cualquier momento.

  • Huella SHA-256 de la factura anterior en cada registro
  • Firma electrónica con tu certificado .p12
  • Alterar un registro rompe la cadena, sin excepción
QR de verificación obligatorio

Todas las facturas emitidas con software de facturación desde la fecha de obligación deben llevar el código QR con la URL de cotejo en la sede de la AEAT.

Registro de eventos del sistema

El software debe registrar los eventos relevantes (inicio, cierre, errores, cambios de configuración) con marca temporal, sin posibilidad de borrado.

Inalterabilidad y conservación

Los registros son inmutables una vez generados y deben conservarse durante el plazo de prescripción fiscal. No se pueden corregir — solo anular y emitir nuevo registro.

Capacidad de remisión a AEAT (modalidad VeriFactu)

Si el software opta por la modalidad VeriFactu, los registros deben poder transmitirse a la AEAT en tiempo real. A cambio: logo oficial y menor carga probatoria.

Dos modalidades

VeriFactu con o sin envío a la AEAT

La normativa permite ambas. Cofactu implementa el envío porque reduce la carga probatoria y da derecho al logo oficial y al QR de cotejo en la sede de la AEAT.

Modalidad de Cofactu

VeriFactu (con envío)

Factura
AEAT
CSV recibido

El software envía cada registro a la AEAT en tiempo real al emitir la factura. La AEAT devuelve un CSV de confirmación. Derecho al logo 'Factura verificable' y al QR de cotejo en su sede.

  • Logo oficial 'Factura verificable en sede AEAT'.
  • QR que enlaza a la sede de la AEAT.
  • Menor carga probatoria ante inspección.
  • Confirmación inmediata de recepción.

Cofactu adopta esta modalidad: primera factura aceptada en sandbox AEAT en mayo de 2026.

También válida

No VeriFactu (sin envío)

Factura
Sellada y conservada en local

El software cumple todos los requisitos técnicos (hash, firma, registro de eventos, inalterabilidad) pero no envía registros a la AEAT. Permitido por la normativa, pero con mayor carga probatoria.

  • No depende de la disponibilidad de los servidores de la AEAT.
  • Válido legalmente si se cumplen todos los demás requisitos.

Cofactu recomienda el envío. Si usas otro software, verifica que cumple todos los requisitos técnicos aunque no envíe.

Régimen sancionador

La multa es fija, sin importar tu tamaño

El art. 201 bis de la Ley General Tributaria no escala con la facturación: es un importe fijo por ejercicio. Cumplir a tiempo sale mucho más barato que una sola sanción.

  • 50.000 € por ejercicio — para quien tenga o use software no conforme
  • 150.000 € por ejercicio y tipo — para fabricantes y comercializadores de software no conforme
  • Importe fijo — independiente del tamaño del negocio o el volumen de facturas
Ver sanciones y calculadora

Art. 201 bis LGT

50.000 €

por ejercicio fiscal

«El usuario que tenga o use software de facturación no conforme será sancionado con 50.000 € por ejercicio.»

— Art. 201 bis, Ley General Tributaria

Compara opciones

¿Cómo se compara Cofactu con la app de la AEAT?

Las dos generan facturas VeriFactu conformes. La diferencia es todo lo demás.

App AEAT CCofactu
Genera facturas conformes VeriFactu
Hash SHA-256, firma electrónica y QR
Envío a AEAT en tiempo real
Contabilidad y libro diario
Modelos fiscales (303, 130, 111…)
TPV (punto de venta)
Multi-usuario (equipo o gestoría)
API para integraciones
Precio Gratuita Desde 0 € · 9 €/mes ilimitado

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Conforme de verdad, no de boquilla

Cofactu no «soporta VeriFactu» en una nota a pie de página: su primera factura ya fue aceptada por los servidores oficiales de la AEAT.

Hash SHA-256 encadenado, firma con certificado .p12, QR de cotejo en cada factura y envío en tiempo real con su CSV de confirmación. Más detección y reparación automática de la cadena (error 4171) si algo se rompe.

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primera factura aceptada en sandbox AEAT
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para empezar — 10 facturas/mes sin tarjeta
Cómo factura Cofactu

Guía por temas

Cinco preguntas clave, cinco respuestas completas

Cada enlace lleva a una página dedicada con la respuesta directa, tablas de datos y FAQ.

Datos clave

VeriFactu en cifras

Normativa, plazos definitivos y sanciones, con su fuente oficial.

Concepto Dato Fuente
Ley base Ley 11/2021, art. 29.2.j LGT (Ley Antifraude) BOE 10/07/2021
Reglamento técnico RD 1007/2023 BOE 05/12/2023
Especificación técnica Orden HAC/1177/2024 BOE 28/10/2024
Ampliación de plazos RD 254/2025 BOE 2025
Plazo fabricantes de software 29 de julio de 2025 RD 254/2025
Plazo Impuesto sobre Sociedades 1 de enero de 2027 RD 254/2025
Plazo autónomos (IRPF) y otros 1 de julio de 2027 RD 254/2025
Sanción por uso de software no conforme 50.000 € por ejercicio Art. 201 bis LGT
Sanción para fabricantes no conformes 150.000 € por ejercicio y tipo Art. 201 bis LGT
FAQ

Preguntas frecuentes

Lo esencial sobre VeriFactu: qué es, cuándo obliga, sanciones y modalidades.

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hola@cofactu.com Ver las fechas y plazos oficiales
¿Qué es VeriFactu exactamente?
VeriFactu es el sistema de facturación verificable regulado por el RD 1007/2023 (Ley Antifraude, Ley 11/2021, art. 29.2.j LGT). Exige que todo software de facturación genere registros firmados con hash SHA-256 encadenado, QR de verificación en cada factura y un registro de eventos inmutable. Existe en dos modalidades: con envío a la AEAT (modalidad VeriFactu) y sin envío (modalidad No VeriFactu).
¿Cuándo es obligatorio VeriFactu?
Los plazos definitivos, según el RD 254/2025, son: fabricantes y comercializadores de software desde el 29 de julio de 2025; contribuyentes del Impuesto sobre Sociedades desde el 1 de enero de 2027; autónomos y otros (IRPF) desde el 1 de julio de 2027.
¿La app gratuita de la AEAT cumple VeriFactu?
Sí, la aplicación de facturación gratuita de la AEAT genera registros VeriFactu conformes. Sin embargo, tiene limitaciones objetivas importantes: solo facturación básica, sin contabilidad, sin TPV, sin multi-usuario, sin API, sin presentación de modelos fiscales. Para negocios con más de 2-3 facturas al mes o con necesidades adicionales, un software completo como Cofactu es la opción práctica.
¿Qué diferencia hay entre VeriFactu y TicketBAI?
Son sistemas distintos. VeriFactu es el sistema estatal para el territorio común (gestionado por la AEAT). TicketBAI es el sistema equivalente en el País Vasco (Araba, Bizkaia, Gipuzkoa), gestionado por las Haciendas Forales. Navarra tiene su propio sistema. Si operas en territorios forales, aplica TicketBAI, no VeriFactu.
¿Cuánto es la sanción por no cumplir?
El art. 201 bis de la Ley General Tributaria fija 50.000 euros por ejercicio fiscal para el usuario que tenga o use software no conforme. Para fabricantes y comercializadores de software no conforme, la sanción es de 150.000 euros por ejercicio y tipo de sistema. El importe es fijo, independientemente del tamaño del negocio.
¿Qué es la declaración responsable VeriFactu?
Es el documento por el que el productor del software certifica que su sistema cumple los requisitos del RD 1007/2023 y la Orden HAC/1177/2024. El usuario debe verificar que su software la tiene disponible — usar software sin declaración responsable tras los plazos equivale a usar software no conforme.

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