¿Qué es VeriFactu? Todo lo que necesitas saber
VeriFactu es el nuevo sistema de facturación electrónica verificable que la Agencia Tributaria española exige a todos los empresarios y profesionales. Aquí tienes todo lo que necesitas saber para estar preparado.
¿De dónde viene VeriFactu?
La base legal es la Ley 11/2021, de medidas de prevención y lucha contra el fraude fiscal (conocida como Ley Antifraude). Su artículo 29.2.j impone a todos los productores de software de facturación que los sistemas que comercialicen garanticen la integridad, conservación, accesibilidad, legibilidad, trazabilidad e inalterabilidad de los registros de facturación.
El Real Decreto 1007/2023 desarrolla los requisitos técnicos que deben cumplir los sistemas informáticos de facturación, y la Orden HAC/1177/2024 concreta los formatos XML, los campos obligatorios y los endpoints de comunicación con la AEAT.
¿Qué hace VeriFactu exactamente?
Cada factura que emites debe incluir un registro de facturación que contiene:
- 📋 Los datos de la factura en formato XML según la especificación técnica de la AEAT
- 🔐 Una firma electrónica con tu certificado digital que garantiza que nadie ha alterado la factura
- 🔗 Un hash SHA-256 encadenado con la factura anterior, formando una cadena irrompible
- 📤 (Opcional pero recomendado) El envío en tiempo real a la AEAT para obtener el código VeriFactu y el logo oficial
¿A quién afecta?
A todos los obligados tributarios en régimen de estimación directa que no estén ya incluidos en el SII (Suministro Inmediato de Información), es decir, empresas con facturación superior a 6 millones de euros al año.
En la práctica, esto incluye a la inmensa mayoría de autónomos y PYMEs españolas: más de 3 millones de autónomos y casi 2,7 millones de microempresas.
¿Es obligatorio enviar las facturas a la AEAT?
Técnicamente, no. Puedes ser un “sistema VeriFactu” sin enviar los registros a la AEAT. Pero si no envías, no podrás incluir el logo oficial VeriFactu ni el QR de verificación en tu factura, lo que puede generar desconfianza en tus clientes.
Nuestra recomendación es siempre enviar. El envío es prácticamente instantáneo, protege ante inspecciones y te da acceso al código VeriFactu (CSV) que certifica que la AEAT ha recibido y validado la factura.
¿Cuándo hay que cumplir?
- 🏢 Sociedades y personas jurídicas: 1 de enero de 2027
- 👤 Autónomos y personas físicas: 1 de julio de 2027
- ⚡ Grandes Empresas (facturación >6M€): ya están en el SII, exentas
El RD 254/2025 amplió los plazos originales. Sin embargo, te recomendamos no esperar al último momento: el proceso de obtención y configuración del certificado digital puede llevar semanas.
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